Informe Psicosocial: Significado y Función.

El informe psicosocial recoge información relativa al estado psicológico y social de los miembros de una familia, así como de las habilidades parentales de los cónyuges. Cuando los progenitores defienden posiciones contrarias, uno de los puntos clave para elaborar la defensa es el informe psicosocial. A lo largo de este artículo, trataremos  sobre su significado y función dentro del marco del derecho de familia. 

Cuando estamos ante un proceso de divorcio en el que hay hijos menores involucrados, es de suma importancia que prime el interés superior del menor, (en adelante ISM). El informe psicosocial trata de aportar luz cuando la decisión de con qué progenitor debe convivir el menor, porque aunque la custodia compartida sería lo ideal, no siempre es lo mejor para el menor. 

1.¿Quién puede solicitarlo?

Cualquiera de los dos progenitores, o incluso el Juez o Ministerio Fiscal. 

2.¿Cuándo solicitarlo? 

Se emplea en situaciones de divorcio o separación, pero depende. Se solicita en el escrito o contestación de demanda, dependiendo de si somos demandantes o demandados. PERO:

👉Cuando el menor está cercano a la mayoría de edad, es decir, superior a los 14 y menor de 18, no es estrictamente necesario, pues se entiende que la madurez del menor es suficiente para que su opinión sea tenida en cuenta. ( derecho a ser oído)

👉Cuando el hijo supera los 12 años de edad, en paralelo al informe psicosocial, puede solicitarse la exploración del menor, lo que viene a ser una entrevista entre el menor, el Juez y el Ministerio Fiscal. Se puede realizar días antes del juicio o el mismo día, unas horas antes de la celebración del mismo. 

En cualquier caso, las partes, podrían solicitar aun así el informe psicosocial. En caso de que fuese necesaria pero las partes interesadas no la solicitasen, podría ser propuesta por el Juez o el Ministerio Fiscal. 

3.¿Qué recoge el informe?

El tipo de relación de los menores con sus progenitores y la relación entre ellos,   se evalúa cómo se está llevando la patria potestad, la guarda, los cuidados, apego con los progenitores, evaluaciones de antecedentes de la familia ( si ha habido maltrato físico o psicológico, marco familiar de la relación con los abuelos u otros miembros de la familia, nivel económico, social y educativo, enfermedades / discapacidades… o cualquier otra circunstancia de interés relativa a la familia) y así como, cual sería la circunstancia más adecuada para el menor,  (custodia compartida o monoparental) , el régimen de visitas ( intercambio entre los progenitores o visitas en un punto de encuentro familiar PEF), ampliar, reducir  o suspender el régimen, atendiendo a las circunstancias concretas de cada unidad familiar.

Es decir, ofrece al juez  un marco de la familia, de todos los estratos para que este se haga una cabal ideal de las circunstancias dictando una sentencia que se adecue lo máximo posible a esa familia y siempre en beneficio y protección de el/los menor/es de edad. 

Se trata de una prueba muy valiosa cuando hablamos de custodia, porque la opinión de un psicólogo cuando hay hijos menores de por medio suele ser crucial en el proceso. Generalmente, se admite sin mayores contradicciones y es empleada como guía por el Juez para decantarse en su decisión. 

4. Conclusión:

Un divorcio, sin duda, es un cambio significativo en la vida familiar, especialmente en la de los hijos menores.

Atravesar esta situación puede ser compleja y desafiante para ellos, ya que implica una reestructuración familiar y emocional a la que deben adaptarse. Por ello, es crucial que los padres prioricen el bienestar de sus hijos durante el divorcio, buscando soluciones que minimicen su impacto negativo.»

“ LA FAMILIA CAMBIA; NO DESAPARECE”

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